Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2015-2021
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, la revisión del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo del segundo ciclo de planificación (período comprendido entre los años 2015 y 2021).
Deroga el anterior Plan Hidrológico de cuenca del Tajo aprobado mediante Real Decreto 270/2014, de 11 de abril.
El contenido del nuevo Plan Hidrológico es el establecido en el artículo 42 del texto refundido de la Ley de Aguas y, de acuerdo con el artículo 81 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, se estructura en, por un lado, la Memoria, acompañada de diez anejos y el Programa de Medidas como documento independiente, y por otro lado, la Normativa con diez apéndices, que comprende las determinaciones de contenido normativo del Plan y que forma parte inseparable del real decreto de aprobación.